Las prestaciones de Actividades Sociales y Culturales del CSE deben beneficiar a todos los empleados, sin discriminación entre ellos al otorgar las ventajas, respetando la igualdad de trato:
- ❌ No se pueden hacer distinciones basadas en criterios profesionales : como el tipo de contrato (indefinido/temporal), la categoría profesional (directivo/no directivo), la jornada laboral (completa/parcial), etc.
- ❌ No se puede excluir a empleados según su antigüedad.
📌 Es posible ajustar el importe de la ventaja según criterios sociales objetivos y previamente establecidos (como el coeficiente familiar o la renta fiscal de referencia), que sean conocidos por todos en la empresa y fijados por acuerdo.
💡Para recordar : el CSE debe establecer reglas para otorgar la ventaja que sean: objetivas, transparentes e igualitarias.
Se distinguen dos casos:
- ✅ El representante que combina su cargo con un contrato de trabajo: En este caso, el representante puede acceder a las Actividades Sociales y Culturales y, por tanto, a las Ventajas Vacacionales igual que el resto de empleados (igualdad de trato).
- ❌ El representante que solo tiene un cargo social y NO lo combina con un contrato de trabajo: Debe quedar excluido de los beneficios de las Actividades Sociales y Culturales que otorga el CSE.
Las Ventajas Vacacionales, al igual que el resto de prestaciones de Actividades Sociales y Culturales del CSE, deben otorgarse de manera igualitaria a todos los empleados de la empresa.
Por norma general, estas prestaciones están principalmente destinadas a los empleados (es decir, quienes tienen un contrato de trabajo: indefinido, temporal, de aprendizaje, etc.) de la empresa.
Sin embargo, la ley no prohíbe ampliar este grupo a otros beneficiarios de forma opcional, siempre que:
- la decisión se tome con total transparencia
- las reglas de otorgamiento sean objetivas y justas
- el CSE no incumpla el principio de buena gestión de los fondos
💡 Si el CSE decide ofrecer prestaciones de Actividades Sociales y Culturales a los freelancers, se recomienda que la decisión quede reflejada en un acta del CSE.
La dotación vacacional es una prestación de Actividades Sociales y Culturales reservada a los empleados y que normalmente distribuyen los CSE (salvo excepciones según el tamaño de la empresa).
Por tanto, las profesiones liberales no pueden beneficiarse de las exenciones sociales asociadas.
Si tienes más preguntas, te recomendamos consultar con un asesor jurídico.
Comentarios
0 comentarios