Sí. Sea cual sea el tipo de ayuda a la movilidad, el importe debe aparecer en una línea específica de la nómina.
- Abono de transporte público (ATC): el importe reembolsado por el empleador debe figurar en la nómina del mes correspondiente.
- Forfait de Movilidad Sostenible (FMD): el importe cubierto por el empleador debe aparecer en la nómina en el momento de su pago.
- Prima de transporte para combustible o recarga eléctrica: el importe cubierto también debe figurar en una línea específica de la nómina.
Referencia: artículo R. 3243-1, 8°, b del Código del Trabajo.
Si tienes alguna otra pregunta relacionada con tu situación, te recomendamos que consultes a un profesional cualificado, como un jurista o un abogado.
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